La municipalidad ¿El cuarto poder?

Municipalidad

Por: Jorge Suncar M. 

La municipalidad está conformada por instituciones que representan al Estado, teniendo como característica fundamental su inserción dentro de las propias localidades, siendo por esto el espacio del gobierno más cercano a la ciudadanía.

Los ayuntamientos encarnan la autoridad oficial. Dentro de sus obligaciones tienen la responsabilidad de asegurarles a sus munícipes niveles aceptables y eficientes en la prestación de los servicios básicos necesarios, y garantizar el bienestar social, económico y de seguridad de su territorio.

Además deben promover e incentivar la participación en forma democrática de sus ciudadanos para adoptar las decisiones a ser tomadas por los gobiernos locales. El acuerdo para la ejecución presupuestaria entre residentes y autoridades es fundamental, al igual que la rendición de cuentas financieras concomitantes y posteriores a los organismos estatales encargados.

La legislación vigente sobre esta materia es la ley número 176-07 del 17 de julio del 2007, que trata del Distrito Nacional y los Municipios.

Esta ley define su objeto en el artículo primero al expresar: “Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto, normar la organización, competencia, funciones y recursos de los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional, asegurándoles que puedan  ejercer, dentro del marco de la autonomía que los caracteriza, las competencias, atribuciones y los servicios que les son inherentes; promover el desarrollo y la integración de su territorio, el mejoramiento sociocultural de sus habitantes y la participación efectiva de las comunidades en el manejo de los asuntos públicos locales, a los fines de obtener como resultado mejorar la calidad de vida, preservando el medio ambiente, los patrimonios históricos y culturales, así como la protección de los espacios de dominio público”.

La misma define al ayuntamiento como “la entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado que le es propio. Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la Constitución y las leyes lo determinen”.

En esencia, la municipalidad tiene como responsabilidad ordenar los problemas más ligados a nuestra propia cotidianidad. Debe ser una entidad de puertas abiertas y de pleno contacto con las y los ciudadanos residentes en su área de acción. Acceder a sus principales autoridades debe ser una relación natural.

El paso político de sus incumbentes por la “escuela administrativa” que se ejerce en este nivel de autoridad, muchas veces representa una plataforma positiva de lanzamiento para funciones de mucho mayor jerarquía. Los ejemplos abundan en el mundo.

Cuarto poder

Cierto es que en la teoría clásica del Barón de Montesquieu, aún vigente y aplicada en República Dominicana, sobre la división de los poderes del Estado en ejecutivo, legislativo y judicial no se incluye el aspecto municipal, muchos autores y pensadores políticos se han planteado la necesidad de otorgar ese nivel de categoría a las autoridades municipales.

En la época de la ilustración lo que se buscaba era resolver básicamente los aspectos fundamentales para regular la convivencia de la humanidad: 1- quien controlara el poder y ejerciera la autoridad a través del poder ejecutivo; 2- quien formulara y aprobara las normas para la vida en sociedad: el poder legislativo; y 3- quien tuviera a su cargo dirimir los conflictos que pudiesen surgir entre los hombre: el poder judicial.

Pero en esta época en que vivimos, con el crecimiento urbanístico y la división de los territorios, el aumento de la población, el desarrollo de las comunicaciones, la multiplicación de los ayuntamientos, las considerables sumas presupuestarias que muchos de ellos manejan, los criterios de transparencia tan reclamados, entre otras razones, bien vale la pena preguntarnos si no estamos al menos frente a una revisión pragmática e ideológica de esta situación.  De hecho tenemos ejemplo en nuestra región latina de países que han adoptado y reconocido a los ayuntamientos como el poder municipal.

Caso español

A juicio del Dr. Luengo, quien además es profesor de la Universidad de Granada (UGR), y coordinador por esta prestigiosa institución para la Maestría en Estudios Políticos y Electorales que se realiza en Santo Domingo conjuntamente con la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), en la modalidad dual que auspicia la Junta Central Electoral (JCE), la realidad nos indica que España está muy descentralizada políticamente, con “provincias” como método de división territorial con la doble función de servir a la vez como circunscripción electoral.

“Existen tres niveles de gobierno:1 – el estatal; 2)- el  autonómico, aunque no todas las autonomías tienen el mismo poder de competencia ni la misma capacidad de negociación frente a poder central;  y 3)- el poder municipal.

En un nivel intermedio entre el poder autonómico y el municipal existen las diputaciones provinciales, las cuales son una especie de alcaldía de alcaldías, es decir, una especie de organización de alcaldías que ha servido en los últimos tiempos para dar poder a aquellos ayuntamientos pequeños,  y además para centralizar y suplir la gestión de recaudación de impuestos en los casos de los que por su reducida estructura no tienen como hacerlo de forma adecuada y prefieren pagar una cuota por ello.

En lo general, la mayoría de los más de 8,000 ayuntamientos españoles tienen un nivel aceptable de competencias, especialmente en el área de servicios, dentro de un país que de hecho es federal, totalmente asimétrico, y que en la actualidad debido a la crisis económica se plantea una reducción del número de municipalidades a través de un sistema de y convertirlos en una mancomunidad debido a la crisis económica”.

Union Iberoameriana de Municipalistas (UIM)

Es la asociación de personas ciudadanos organizados con el objetivo de promover la formación y capacitación de los funcionarios públicos y políticos de carácter municipal con la idea de profundizar en la municipalización de la política.

Esta entidad no gubernamental que ha diplomado más de 30 mil funcionarios electos y servidores públicos municipales en poco más de 20 años, busca fortalecer las estructuras de los gobiernos locales.

Explica el Dr. Luengo que los ejes principales de la UIB lo constituyen: “1- la Escuela de Altos Estudios en Gobiernos Locales, la cual ejecuta programas de capacitación; 2- la Agencia de Cooperación Técnica que elabora consultorías, planes estratégicos, entre otras cosas; 3- el Centro Iberoamericano de Gobernabilidad (CIGOB), con sede en granada en la Universidad Menéndez Pelayo que es la brinda el soporte académico; y 4- el Instituto de Investigación Urbano Territorial (IUT), dedicado a la investigación sobre el tema municipal básicamente.”

El tema es apasionante. Ha llegado el momento de que nuestra clase política-partidista lo valore en su justa dimensión, tanto en la preparación de sus cientos de candidatos que competirán en el 2016 por los puestos disponibles a elegir como en la forma en que sus actuales ocupantes ejercen sus funciones.

CONSULTA

En opinión del doctor en Ciencias Políticas egresado de laUniversidad Complutense de Madrid, Óscar G. Luengo, actual director de la Escuela Superior de Altos Estudios sobre Gobierno Local de la Unión Iberoamericana de Municipalitas (UIM), “el poder municipal ha servido de acicate en la profundización de la democracia como proceso final de descentralización políticaadministrativa”.

Como sustento de ese enunciado, el Dr. Luengo esgrime los siguientes argumentos: “En primer lugar está el hecho de que los municipios constituyen la unidad política-administrativa que debe ser más sensible a los ciudadanos por motivos obvios de cercanía.

Pero si la democracia se basa en un concepto de receptividad, la municipalidad es la que está llamada a suplir las primeras necesidades básicas de prestación de servicios a sus munícipes. Es la primera en la cadena de jerarquía y supuestamente debe tener mayor grado de capacidad de respuesta.

Sirve además como elemento de control político a otras unidades mayores, ya que el color político de una municipalidad no necesariamente es el mismo de una estructura de mayor nivel, sea esta estatal o federal o nacional.

Por la teoría de pesos y contrapesos de James Madison, la mejor forma de controlar el poder político es tener diferentes unidades que entre ellas mismas se controlen. Pueden ser de partidos diferentes o aún dentro del mismo, es probable que los intereses tengan un matiz diferente en cuanto a temas locales que difieran de temas o circunstancias nacionales.

En tercer lugar son además una especie de rendición de cuentas en el tema presupuestario ante el poder político. La nueva generación de poderes locales bien constituidos, bien definidos, con un sistema de competencias detallados, más capacitados, conscientes de sus responsabilidades y con recursos importantes, ya que muchas veces el problema de los municipios es la falta de recursos económicos adecuados para satisfacer sus necesidades, constituye un freno en estos aspectos.

Por tanto no tengo dudas de la importancia de la municipalidad en el desarrollo y profundización de la democracia del mundo actual.”

 Fuente: http://www.listin.com.do/la-republica/2014/4/12/318050/La-municipalidad-El-cuarto-poder

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